Según Ley de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales n°16.744, si el empleado tiene un accidente cumpliendo funciones laborales, la hospitalización es respaldada por la Mutual de Seguridad.
Para prestaciones electivas, los pacientes Mutual tienen descuentos preferentes:
Prestación | Adherentes Mutual C.CH.C | |
---|---|---|
Día cama individual | 15% | |
Día cama doble ala sur | 20% | |
Pabellones | 15% | |
Exámenes hospitalarios | 20% | Imagenología, Laboratorio, Cardiología y Medicina Nuclear |
Exámenes preventivos | 20% | |
Tac - RM ambulatorio | 20% | |
Consulta Urgencia turno | Valor adherente |
Notas: